02 de Octubre de 2026
Ley antimemes restringirá la libertad de expresión y ocasionará la autocensura de periodistas, caricaturistas, artistas, humoristas y creadores de contenido
* Sectores involucrados de Veracruz deben organizarse y analizar alcances de la reforma, y emprender acciones de defensa a la libertad de expresión: Krause Rivera.
Xalapa: / Irineo Pérez Melo
Irineo Pérez Melo
Xalapa / 2026-10-01

XALAPA, Ver., 01 de octubre de 2026.- La aplicación de la reforma al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, conocida por todos como “Ley Antimemes”, generará  restricciones a la Libertad de Expresión y traerá consigo la autocensura entre periodistas, caricaturistas, artistas, humoristas y creadores de contenido.


Esto lo aseguró Juan Carlos Krause Rivera, consejero nacional del partido Somos, quien invitó a los sectores involucrados del estado de Veracruz a organizarse para analizar los alcances de la reforma y emprender acciones conjuntas para defender la libertad de expresión.

En conferencia de prensa, el político veracruzano consideró que aunque esta norma esta vinculada con la protección de la propiedad intelectual y el combate a conductas como la falsificación y el uso indebido de elementos oficiales, existe preocupación por la interpretación que pueda darse a las nuevas disposiciones.

Apoyándose en gráficas donde mostró diversos memes, caricaturas y materiales gráficos para ejemplificar el papel de la sátira como herramienta de crítica política, sobre todo porque en esos casos se relacionan con personajes de la vida pública y obras cinematográficas para plantear qué ocurriría si una interpretación amplia de la norma alcanzara contenidos de humor, parodia o crítica hacia funcionarios y gobiernos.

El consejero del partido Somos insistió en que las reglas deben aplicarse sin distinciones partidistas y manifestó su preocupación ante lo que consideró la posibilidad de un uso selectivo de las disposiciones legales. Aunque el texto aprobado por el Senado de la República no establece una sanción general por publicar un meme o realizar una parodia política.

La controversia se concentra en el alcance de las disposiciones relacionadas con el uso de elementos de identidad institucional y otros contenidos protegidos, particularmente cuando se empleen con fines comerciales y para inducir al error o engaño con la intención de cometer un ilícito.

Finalmente, retomó lo estipulado en el Artículo 7º Constitucional para señalar que la libertad de difusión de opiniones, información e ideas debe ser considerada al momento de analizar cualquier modificación legal que pueda incidir en las expresiones públicas.

El riesgo se encuentra en que periodistas, caricaturistas, artistas y creadores puedan optar por evitar determinados contenidos políticos ante el temor de enfrentar procedimientos legales, recalcó.

Finalmente, se refirió a las experiencias históricas de censura y restricciones a la circulación de ideas, además de referirse a países como Cuba, Nicaragua, Venezuela y China al expresar su preocupación por cualquier modelo que limite la crítica política y artística.

Es de señalar que la denominada Ley Antimemes contempla penas de uno a cinco años de prisión y multas de mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización para determinados usos, a escala comercial, de la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o documentos oficiales cuando se utilicen para inducir al error o engaño con la intención de cometer un ilícito.

 

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